San Jos‚ de Balcarce, 30 de diciembre de 1982.- VISTO: El expediente n£mero 02015-B/82 iniciado por el Se¤or Director de Acci¢n Social solicitando subsidios para estableci- mientos educacionales, y CONSIDERANDO: Que a fs. 1 la Comisi¢n de Descentralizaci¢n de Servicios Educativos sugiere la n¢mina de entidades y los importes de los subsidios a otorgar; POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Org nica de las Municipalida- des y sus modificatorias, D E C R E T A ------------- ARTICULO 1§: Ot¢rganse subsidios a cada una de las entidades educa- ------------ cionales que se consignan a continuaci¢n por los impor- tes que en cada caso se determina: Escuela N§ 1: Pesos Setenta y cinco millones ($ 75.000.000). Escue- la N§ 6: Pesos Cincuenta millones ($ 50.000.000). Escuela N§ 29: Pe- sos Veinte millones ($ 20.000.000). Escuela N§ 26: Pesos Cuarenta mi- llones ($ 40.000.000). Escuela N§ 43: Pesos Veinticinco millones ($ 25.000.000). Escuela N§ 45: Pesos Ciento diez millones ($ 110.000. 000). Jard¡n de Infantes N§ 904; Pesos Ochenta y cinco millones ($ 85.000.000). Escuela N§ 2: Pesos Quince millones ($ 15.000.000). Es- cuela N§ 30: Pesos Ochenta millones ($ 80.000.000).------------------ ARTICULO 2§: La Contadur¡a Municipal har  efectivos los subsidios o- ------------ torgados por el art¡culo anterior en la medida que la planificaci¢n financiera lo permita.--------------------------------- ARTICULO 3§: La erogaci¢n que demande el cumplimiento del art¡culo 1§ ------------ deber  imputarse a las siguientes partidas: Pesos Dos- cientos cincuenta millones ($ 250.000.000) a Finalidad 1 - 1.3.1. SUBSIDIOS A ENTIDADES DEL SECTOR PUBLICO del Presupuesto General de Gastos del Ejercicio 1982. Y Pesos Doscientos cincienta millones ($ 250.000.000) a Finalidad 1 - 1.3.1. SUBSIDIOS A ENTIDADES DEL SECTOR PUBLICO del Presupuesto General de Gastos Ejercicio 1983.------------ ARTICULO 4§: Las entidades beneficiarias deber n rendir cuentas del ------------ subsidio otorgado por el presente decreto de los treinta (30) d¡as de hacerse efectivo el mismo.------------------------------ ARTICULO 5§: C£mplase, comun¡quese, tomen raz¢n a sus efectos las Se- ------------ cretar¡as Municipales, Contadur¡a, Tesorer¡a, Direcci¢n de Acci¢n Social, las entidades beneficiarias, Oficina de Prensa y d‚se al Registro Oficial de Decretos.-------------------------------- DECRETO N§ 594 --------------